Consideraciones para contribuir en el Examen Periódico Universal, (EPU), sobre el cumplimiento de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en Cuba.

Nombre de la ONG:  Central de Trabajadores de Cuba
Persona a contactar:  Ulises Guilarte de Nacimiento
Teléfono: (537) 877 5317
E-mail:  ms.internacionales@ctc.cu , 1mayo@ctc.cu

Título: Consideraciones para contribuir en el Examen Periódico Universal, (EPU), sobre el cumplimiento de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en Cuba.

INTRODUCCIÓN.

1. La Central de Trabajadores de Cuba, constituida en el año 1939, es el fruto de un largo y difícil proceso de lucha por la unidad del movimiento sindical cubano en el camino revolucionario transitado por nuestro pueblo para alcanzar sus objetivos de justicia social, libertad e independencia, integrada por todos los sindicatos y sus afiliados, representando sus intereses, sin distinción de raza sexo, género, identidad de género, ni convicción religiosa.

2. La Central de Trabajadores de Cuba tiene como principal característica su arraigado sentido de unidad de los trabajadores, su esencia democrática y su participación en la lucha por los intereses de los trabajadores y la defensa de sus derechos laborales, sociales, culturales, civiles y políticos, así como la reafirmación de la defensa de la Patria y la integridad e identidad nacional, plasmado en sus Estatutos y Resoluciones.

3. Con el triunfo de la Revolución del primero de enero de 1959 se establecieron en Cuba las garantías jurídicas, materiales y espirituales para el ejercicio real y efectivo de la libertad sindical, al llevarse a cabo  transformaciones económicas, políticas y sociales, lo que ha permitido, pese al bloqueo genocida del gobierno de los Estados Unidos,  que el  derecho de sindicación y de constitución de sindicatos, se conviertan en derechos sociales como parte de las  libertades públicas reconocidas a los ciudadanos cubanos.

4. La CTC y los sindicatos ramales cubanos gozan de un alto prestigio y autoridad reconocidos por los trabajadores cubanos, el gobierno, el Estado, el pueblo y demás organizaciones políticas y de la sociedad civil, es consultada para la aprobación e instrumentación de todas las políticas laborales y sociales que se aplican en el país ¨refrendado en la Constitución de la República de Cuba¨ en particular en la actualización del modelo económico y legitimado en el Código del Trabajo.

5. Sus esfuerzos están encaminados a garantizar la elevación de la calidad de vida de los trabajadores y trabajadoras, el avance y perfeccionamiento de la sociedad cubana con mejores y mayores resultados productivos encaminados a lograr un desarrollo sostenible, contribuyendo  a lograr una sociedad cada vez más justa, libre, independiente, solidaria y equitativa, así como la defensa de la independencia y soberanía del país en la que los trabajadores cubanos participen como protagonistas activos cada vez en la toma de decisiones en las políticas que se aprueban en el país.

DESARROLLO.

6. La Constitución de la República de Cuba enuncia entre los  derechos, deberes y garantías fundamentales de los ciudadanos, los derechos de reunión, manifestación y asociación de los trabajadores, expresando que estos disponen de los medios necesarios a tales fines, al tiempo que refrenda las facilidades que deben garantizarse a las organizaciones de masas y sociales para el desenvolvimiento de sus funciones, bajo el principio de la más amplia libertad de palabra y opinión   para todos sus miembros.

7. El principio de libertad sindical es uno de los derechos proclamados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, siendo uno de los valores fundamentales que consagra la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, en nuestro país no sólo tiene un reconocimiento por parte del Estado, sino que existen garantías jurídicas, materiales y espirituales que propician un real y efectivo ejercicio de su práctica, tanto de los trabajadores, sujeto individual de este derecho, como de los sindicatos como persona jurídica, la  que es ejercida en dos direcciones: el derecho de asociarse voluntariamente y constituir organizaciones sindicales, de conformidad con los principios unitarios fundacionales, sus estatutos y reglamentos, los que se discuten y aprueban democráticamente y actúan con apego a la ley.

8. El escenario fundamental del sindicalismo cubano lo forman las organizaciones sindicales (sección y buró sindical) constituidas en el centro de trabajo, fábrica, empresa o cualquier entidad laboral donde existan trabajadores, los que reunidos en asamblea general aprueban la constitución de la organización sindical, que es el sindicato en la base, proponen libre y democráticamente a sus dirigentes, los que son elegidos mediante votación directa y secreta. Existen en el país 4 487 dirigentes sindicales profesionales, de los cuales el 63% son mujeres, y el 75,6% actúan en los niveles provinciales y municipales. Contamos con más de 300 000 dirigentes sindicales de las organizaciones de base, de ellos el 61% mujeres, que realizan su labor en los centros de trabajo. La elección de dirigentes sindicales femeninas ha crecido en un 20% a partir del reconocimiento social y laboral y de su capacidad demostrada como líderes sindicales, en estos momentos contamos con el 57,8 % de mujeres dirigentes sindicales de base, no obstante, la CTC y los sindicatos continúan sus esfuerzos en elevar la cifra a nivel nacional.

9. El derecho de afiliación de los trabajadores cubanos a la sección sindical del  sindicato donde laboran o de procedencia y por tanto a la  CTC, constituye un acto libre y  voluntario, pudiendo disfrutar de todos los beneficios que otorga la condición de afiliado, participar con voz y voto en las asambleas de su sección sindical y asistir, de ser electos, como representantes de ésta a toda reunión conferencia y congreso del movimiento sindical.

10. En nuestro país existen 16 Sindicatos Nacionales, estructurados de acuerdo con el principio ramal o sectorial. Del total de la fuerza laboral civil activa están afiliados a los sindicatos 3 270 195 trabajadores, de ellos son trabajadores estatales 2 818 523 (98.7%), no estatales  287 481 (80.0 %) y  jubilados 164 191. Teniendo en cuenta los trabajadores ocupados, los inscriptos sin  vínculo laboral y  los jubilados están sindicalizados el 97.2%. por afinidad laboral o de su preferencia demostrando avances significativos si lo comparamos con el año 2013.

11. A los fines del disfrute del derecho anterior, el Código de Trabajo establece principios que impiden la ejecución de actos por el empleador  que menoscaben su ejercicio, ya sea por exclusión al empleo o el  condicionamiento de la contratación a su condición de afiliado o no a un sindicato, lo que es extensivo a las empresas con inversión extranjera.

12. La Central de Trabajadores de Cuba y los Sindicatos tienen autonomía sindical o libertad sindical colectiva e independencia funcional en su relación con el Estado y demás  organizaciones y organismos la que les confiere el derecho a elaborar sus  Estatutos y Reglamentos,  sin injerencia de ningún tipo, los que son discutidos y aprobados por sus  miembros, ejemplo de lo anterior lo constituyen los Estatutos aprobados en el XX Congreso de la Central de Trabajadores de Cuba, en el que fueron aprobados los principios para el perfeccionamiento del sistema de trabajo del movimiento sindical para la etapa actual.

13. En la Asamblea General de Afiliados y de Trabajadores, como órgano superior  de dirección de la organización sindical de base, los trabajadores, como expresión de la democracia en el centro de trabajo, exponen con sencillez y sin formalidad alguna sus criterios acerca del trabajo administrativo y sindical, los problemas que afectan sus derechos laborales y  sobre las  condiciones de trabajo, entre otras temáticas.

14. La libertad de gestión de la Central de Trabajadores de Cuba y los Sindicatos se pone de manifiesto no solo en el derecho de éstas de organizar su administración, sino también para formular su programa de acción sin intervención por parte del Estado, se les da como garantía a los dirigentes sindicales un fuero especial para evitar prácticas antisindicales por motivo de la gestión que estos llevan a cabo, tales como; prohibición de trasladar al dirigente sindical   de puesto de trabajo o terminar la relación laboral con motivo del desarrollo de su gestión sindical, cuando esta se realiza conforme a la ley y el Convenio Colectivo de Trabajo.  Los Estatutos de la Central de Trabajadores de Cuba definen entre otros aspectos, la periodicidad de los Congresos de la Central y las Conferencias Nacionales de los Sindicatos, los principios sobre los que se sustenta la estructura orgánica del  movimiento sindical y las bases de la actividad financiera de la organización.

15. La Central de Trabajadores de Cuba y los Sindicatos, tienen la facultad de participar en todas las esferas de la vida económica, política y social de la sociedad y en lo específico de la entidad laboral, para lo cual tienen el derecho de consulta.

16. El Secretario General de la CTC participa en las reuniones del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, siendo consultado de las medidas a tomar de trascendencia para la sociedad y los trabajadores, baste señalar la participación  en las Comisiones de Candidatura de los diferentes períodos de elecciones de candidatos a delegados y diputados, la participación de los trabajadores en las asambleas de afiliados para discutir los problemas del país a partir de las intervenciones del Presidente del Consejo de Estado de Ministros, dando sus criterios   para la toma de decisiones  sobre el proceso de actualización del modelo económico cubano, las medidas  sociales como respuesta a la situación del país ante la situación nacional e internacional y el recrudecimiento del bloqueo económico, comercial  y financiero impuesto por Estados Unidos a la isla.

17. De manera similar el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,  en el cumplimiento de sus funciones, remite a la Central de Trabajadores de Cuba y a través de ella a los Sindicatos Nacionales, todos los proyectos de normas  jurídicas que debe dictar, con el objetivo de que sean analizados y discutidos  en los diferentes organismos de dirección sindical que se relacionen con la materia y tiene en cuenta los criterios y recomendaciones emitidas para su perfeccionamiento y aprobación.

18. Aquellas normativas a promulgarse de trascendencia para los trabajadores, sus anteproyectos  son presentados en consulta, en asamblea general de trabajadores, encargándoseles a éstos aportar y sistematizar las opiniones y criterios vertidos con el objetivo de ser  tenidos en cuenta al momento de la  elaboración final de la norma jurídica, lo que ha permitido conjugar los intereses económicos y sociales del Estado con los de los trabajadores. Ejemplo de ello fueron los procesos de consulta con los trabajadores, dirigidos por el movimiento sindical, para la modificación y aprobación  de la  Ley de Seguridad y Asistencia Social lo que constituye una necesidad para el desarrollo futuro de la  economía cubana y de igual modo, en el 2013, de la Ley 116 y el Decreto 326 (Reglamento) del Código de Trabajo, los que fueron aprobados posteriormente en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Código del trabajo aprobado en 2013.

19. El Código de Trabajo precisa que la participación de los trabajadores en las entidades laborales puede adoptar la forma individual, mediante la participación de éstos en las asambleas de afiliados o colectiva, la que se canaliza a través de la organización sindical como representante de los trabajadores, a cuyos fines tienen el derecho de ser informados por las administraciones, de ser consultados por ellas, de decidir conjuntamente sobre determinadas materias y de formar parte de  órganos de control o dirección dentro de la empresa.

20. En la Asamblea de Afiliados, como órgano superior de dirección de la organización sindical, los trabajadores, como expresión de la democracia en el centro de trabajo, exponen con sencillez y sin formalidad alguna,  sus criterios acerca del trabajo administrativo y sindical, los problemas que afectan sus derechos laborales y  sobre las  condiciones de trabajo, entre otras temáticas.

21. Los Sindicatos en representación de los trabajadores tienen la facultad de participar en la elaboración y ejecución de los planes de producción y servicios, reparto de utilidades, procesos inversionistas, condiciones tecnológicas, organización del trabajo, seguridad y salud en el trabajo, admisión de los trabajadores al empleo, su permanencia y promoción, así como en la aprobación de las formas y sistema de pago.

22. En nuestro país los Sindicatos tienen una participación directa en la administración de la justicia laboral, formando parte uno de los miembros de la sección sindical en el Órgano de Justicia Laboral (OJL), de conjunto con trabajadores de prestigio , conocimiento y experiencia elegidos en Asambleas.

23. Los Sindicatos tienen derecho a la inspección sindical, como mecanismo idóneo y paralelo a la verificación estatal, ministerial y empresarial, para el control y fiscalización  de la legislación laboral en materia de seguridad y asistencia social y de seguridad y salud en el trabajo,  la que se lleva a cabo por inspectores sindicales seleccionados en las áreas de trabajo, teniendo facultades para exigir el cumplimiento de la legalidad y de proponer las medidas que favorezcan al mejoramiento de las condiciones de trabajo y medio ambiente laboral, así como de clausurar locales y paralizar maquinarias, equipos y procesos productivos, cuando los riesgos existentes puedan presumir peligro para la vida o salud de los trabajadores.

24. Los Convenios Colectivos de Trabajo son resultado de procesos negociadores,  con la amplia participación de los trabajadores, concretan el ejercicio de la libertad sindical, los que se elaboran en los colectivos laborales bajo el principio de la autonomía de voluntad, conviniendo los derechos y obligaciones de las partes, las condiciones de trabajo y las acciones para elevar la productividad y eficiencia del centro de trabajo,  están dirigidos a favorecer el cumplimiento por cada una de las partes de los objetivos económicos y sociales trazados,  individual y colectivamente. Las organizaciones sindicales reciben capacitación sistemática para el perfeccionamiento de la elaboración de los convenios colectivo a todos los niveles y en especial en los centros con administración mixta.

25. Un ejemplo concreto de los avances en las relaciones de trabajo con las empresas mixtas y asociaciones económicas internacionales se puede apreciar en el sindicato de la construcción. En el año 2013 se contaba con tres empresas mixtas y una asociación con capital 100% extranjero y en estos momentos cuentan con 5 empresas mixtas y 4 asociaciones con capital 100% extranjero.

26. El sindicato de la Construcción en los últimos tres años actualizó en dos ocasiones los lineamientos generales para la concertación de los convenios colectivos de trabajo con el Ministerio de la Construcción y con el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos y posteriormente con tres organizaciones superiores de dirección subordinadas al Ministerio de la Construcción, provocando esto que se actualizarán 9 convenios colectivos de trabajo en las entidades antes mencionadas

27. Se actualizó además el convenio colectivo de trabajo de la Empresa de Construcción y Montaje del Mariel la que radica en la Zona Especial de Desarrollo Mariel que labora en el proceso inversionista con capital extranjero.

28. Los cambios en los lineamientos conllevaron a realizar una capacitación sindical diferenciada en las organizaciones antes mencionadas directamente desde el sindicato nacional, capacitando un total de 1220 dirigentes sindicales y 2650 miembros de las comisiones negociadoras. Se han realizado en los últimos tres años 3 encuentros entre el sindicato nacional, las oficinas empleadoras y los empresarios extranjeros. Se ha logrado establecer en las negociaciones colectivas acciones concretas sobre el acceso al empleo, el salario, la seguridad y salud en el trabajo  y los aseguramientos logísticos para el trabajo sindical en estas empresas.

29. Nuestro país es Estado fundador de la Organización Internacional del Trabajo, contemplando la legislación laboral el contenido de los 90 Convenios Internacionales ratificados, teniendo una participación activa el movimiento sindical en el examen periódico de su cumplimiento, recibiendo los dirigentes sindicales una preparación sistemática sobre su contenido. En los últimos tres años cuadros sindicales de base intermedios y a nivel nacional han sido capacitados sobre el contenido y el estado de cumplimiento de los convenios internacionales ratificados por Cuba, de su implementación en la ley laboral cubana y en particular en la elaboración de los Convenios Colectivos de Trabajo.

30. Se amplía el trabajo en las nuevas formas de gestión no estatal, dando pasos importantes en la organización y representación de los trabajadores abarcados en estas formas de propiedad.

31. Se integra la protección del trabajo no estatal en las convocatorias que realiza la organización a través de las asambleas de representantes y la participación de los organismos de relación, en las que participan de manera sistemática los sindicatos en cada instancia de dirección.

32. En las prioridades de la CTC, entre los derechos sindicales se encuentra, la capacitación, preparación y superación de sus dirigentes y cuadros, desde la formación básica hasta el ejercicio de formación académica y superación posgraduada. Se gradúan anualmente en las aulas de formación básica y especializadas en temáticas afines al trabajo sindical más de 350 000 dirigentes de las bases.

33. Una conquista más de los trabajadores es la creación de la Asociación Nacional de Innovadores y Racionalizadores (ANIR), surgió como movimiento dentro de la clase obrera en la década de los 60, constituyó el comienzo de la vinculación de los obreros en la aplicación de la ciencia y la técnica en su puesto de trabajo y agrupa a más de 400 mil asociados entre hombres y mujeres, estas últimas representan el 44% de la membresía,  la labor de nuestros trabajadores como asociados han aportado  más de 500 mil innovaciones, más de un millón de soluciones de mejoras tecnológicas, organizativas y de gestión en los centros de trabajo de producción, servicios, de docencia y de investigaciones, este es un ejemplo de la toma de decisiones de los trabajadores en la vida laboral.

34. El movimiento sindical desde su concepción participa en el establecimiento de las políticas vinculadas directamente con los trabajadores. En el caso de la política salarial, primero en las opiniones para la puesta en vigor de la Resolución/9 de 2008 del MTSS, así como para su seguimiento, control y perfeccionamiento.

35. Por su alerta constante entre otros aspectos, se sustituye la anterior por la Resolución/17 de 2014 del propio organismo, una nueva norma que logró uno de los objetivos del movimiento sindical, eliminar anteriores trabas y liberar el salario en función del resultado como premisa para desatar verdaderamente las fuerzas productivas en las nuevas condiciones económicas del país. De igual forma, manteniendo el vínculo constante con el organismo rector, surge una política perfeccionada en 2016, con la entrada en vigor de la Resolución/6 (actual), donde se continúa otorgando facultades sobre el ingreso salarial de los trabajadores, siempre que el resultado de lo aportado con su trabajo se corresponda. Todo esto sin contar la labor educativa que desarrolla, entre cuadros y trabajadores para el dominio de las normas y la necesaria claridad a la hora de establecer los reglamentos de distribución de las riquezas formadas , su reflejo en los Convenios Colectivos de Trabajo, así como el seguimiento constante de su resultado en coordinación con el Ministerio del Trabajo.

36. Un análisis adicional merece las Resoluciones puestas en vigor por el Ministerio de Finanzas y Precios, desde la Resolución No 144 de 2013 hasta la actual No 155 de 2016, para la participación directa de los trabajadores en la distribución del beneficio obtenido por la empresa, a partir de las utilidades. En apenas tres años esta norma legal fue perfeccionada en tres ocasiones, entre otros aspectos, por la participación directa del movimiento sindical en representación de los trabajadores.

37. Estos resultados materializan la garantía en Cuba de los derechos económicos, sociales y culturales de nuestro pueblo, donde nuestros trabajadores han desplegado junto al Movimiento Sindical Cubano una importante labor;  aunque no estamos satisfechos con lo logrado, pues el objetivo es llegar a la satisfacción plena de las necesidades de nuestros hombres, mujeres y niños, estando conscientes de que esto se hará realidad, en la medida que todos  logremos ser más eficientes en nuestra labor, para poder, enfrentar los grandes retos que en el plano económico y social nos impone el bloqueo y  la actual crisis económica que vive el mundo.

CONCLUSIONES.

38. Dentro de los retos que nos hemos propuesto está contribuir al cumplimiento del gobierno cubano de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, en particular con el Objetivo No. 8 Trabajo Decente y Crecimiento Económico, lo que en gran medida proveerá mayores y mejores condiciones de vida y de trabajo para nuestros trabajadores.

39. Las garantías jurídicas, materiales y espirituales que ha aplicado el Estado Cubano, ha permitido, pese a la difícil y compleja situación económica por la que se han visto obligados a transitar los trabajadores cubanos, en lo fundamental por el recrudecimiento del bloqueo económico contra Cuba impuesto  por el Gobierno de los Estados Unidos, a que estos tengan acceso, sobre la base de la equidad y la justicia social, a derechos fundamentales como, la educación, salud, trabajo, salario, alimentación, viviendas, seguridad y asistencia social,   protección a la maternidad, cultura, deporte  y recreación, entre otros.

40. La Central de Trabajadores de Cuba y los Sindicatos, junto a sus afiliados, continuarán desempeñado un decisivo papel en el fortalecimiento de la unidad de los trabajadores en aras de continuar construyendo una sociedad de justicia y equidad social, así como en la salvaguarda de los derechos Económicos, Sociales y Culturales, conquistados con la Revolución.
 

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